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Viejo 21/03/13, 17:21:21
mani mani is offline
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Hola doctorlandau,

Antes de nada, preguntarte, aunque ya creo que lo sé, que hablas de una norma de España, verdad? Bueno, pues si es así, hay normas en el foro que aconsejan que se comente del país que es, porque somos de todas las partes del globo, y si en el tema pones España, podemos ayudarte mejor en tu problema.

Hablas del traslado de impuestos diferido, cierto?

Y te refieres a la nueva normativa de...no recuerdo si fué a principios de Noviembre del 2012...es que no soy fiscalista, no sé si lo estoy comentando correctamente, sobre le fraude fiscal, empresas promotoras de bienes inmuebles, IVA sujeto pasivo...etc.

Bueno, lo primero en SAP el indicador de IVA de sujeto pasivo, en Características, tienes puesto el indicador de IVA destino que también tenga IVA soportado y repercutido? Me explico, que sea un IVA definitivo con la autorepercusión, previamente creado en el sistema?

Sabes, que el cliente, no en la factura no tiene IVA,no lo declara, es el proveedor, el que debe declararlo (autorepercusión), de ello que no se si el IVA diferido debe hacerse en el sistema, pero ya te he comentado que no soy fiscalista, pero tengo un cliente que es una promotora, y ha dejado por esto el tratamiento de IVA diferido

Dinos más detalles para poder ayudarte

>un saludo
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